- Se van modificar a raíz del nuevo sistema de cotizaciones por ingresos reales
- A cada uno de los 15 tramos le corresponden bases mínimas y bases máximas
- El autónomo podrá elegir cualquiera de las bases comprendidas entre ellas
Son, tras los del Régimen General, los trabajadores más numerosos en España y su régimen especial sufrirá cambios en 2023. Se trata de los autónomos, un sector compuesto por más de tres millones de personas que a partir del próximo año se verán afectados por las modificaciones introducidas por el Gobierno a raíz del nuevo sistema de cotización por tramos de ingresos reales.
Como parte de la reforma del sistema de pensiones los autónomos verán cambiado su modo de cotizar a la Seguridad Social. Este sistema de 15 tramos tiene en cuenta los ingresos reales de estos trabajadores para colocarles en un tramo de base de cotización determinado para aplicar las cuotas correspondientes.
Los ingresos reales se calculan de la siguiente forma: se suman todos los ingresos y se restan todos los gastos derivados de la actividad del autónomo. A esta cantidad se le puede aplicar un porcentaje del 7% en concepto de gastos deducibles (que será de un 3% en el caso de los autónomos societarios) para obtener ese ingreso real que colocará al autónomo en un tramo determinado.
A cada uno de estos tramos de ingresos le corresponde una base mínima y una base máxima entre las cuales el autónomo podrá elegir cualquiera. Tal y como se recoge en el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio (se puede consultar en este enlace del Boletín Oficial del Estado) existen tres escenarios diferentes porque la reforma es progresiva y terminará en 2025.
Así serán las bases mínimas y máximas de los autónomos en 2023
En lo que respecta a 2023, primer año de implantación de la medida, se reconocen bases mínimas y máximas por cada uno de los 15 tramos de ingresos del autónomo. Son las siguientes:
-En ingresos de 670 euros mensuales o de menor cuantía la base mínima será de 751,63 euros mensuales y la base máxima de 849,66 euros mensuales.
-En ingresos de entre 671 y 900 euros mensuales la base mínima será de 849,67 euros mensuales y la base máxima de 900 euros mensuales.
-En ingresos de entre 900,01 y 1.166,69 euros mensuales la base mímima será de 898,69 euros mensuales y la base máxima será de 1.166,70 euros mensuales.
-En ingresos de entre 1.166,70 y 1.300 euros mensuales la base mínima será de 950,98 euros mensuales y la base máxima será de 1.300 euros mensuales.
-En ingresos de entre 1.300,01 y 1.500 euros mensuales la base mínima será de 960,78 euros mensuales y la base máxima será de 1.500 euros mensuales.
-En ingresos de entre 1.500,01 y 1.700 euros mensuales la base mínima será de 960,78 euros mensuales y la base máxima será de 1.700 euros mensuales.
-En ingresos de entre 1.700,01 y 1.850 euros mensuales la base mínima será de 1.013,07 euros mensuales y la base máxima será de 1.850 euros mensuales.
-En ingresos de entre 1.850,01 y 2.030 euros mensuales la base mínima será de 1.029,41 euros mensuales y la base máxima será de 2.030 euros mensuales.
-En ingresos de entre 2.030,01 y 2.330 euros mensuales la base mínima será de 1.045,75 euros mensuales y la base máxima será de 2.330 euros mensuales.
-En ingresos de entre 2.330,01 y 2.760 euros mensuales la base mínima será de 1.078,43 euros mensuales y la base máxima será de 2.760 euros mensuales.
-En ingresos de entre 2.760,01 y 3.190 euros mensuales la base mínima será de 1.143,79 euros mensuales y la base máxima será de 3.190 euros mensuales.
-En ingresos de entre 3.190,01 y 3.620 euros mensuales la base mínima será de 1.209,15 euros mensuales y la base máxima será de 3.620 euros mensuales.
-En ingresos de entre 3.620,01 y 4.050 euros mensuales la base mínima será de 1.274,51 euros mensuales y la base máxima de 4.050 euros mensuales.
-En ingresos de entre 4.050,01 y 6.000 euros mensuales la base mínima será de de 1.372,55 euros mensuales y la base máxima será de 4.139,40 euros mensuales.
-En ingresos superiores a 6.000 euros mensuales la base mínima será de 1.633,99 euros mensuales y la base máxima será de 4.139,40 euros mensuales.
Situado en cualquiera de los tramos, el autónomo puede optar por la base mínima, la base máxima o cualquiera de las bases comprendidas entre las mismas. Además, tendrá derecho a cambiar el tramo de ingreso (y, por lo tanto, las bases de cotización) hasta seis veces al año, dos veces más que en la actualidad.
Así serán las cuotas de los autónomos en 2023
A la base de cotización elegida se le tendrá que aplicar la cotización a la Seguridad Social que corresponda. En la actualidad un autónomo cotiza por cuatro conceptos diferentes:
-Por contingencias comunes, un 28,3% de la base de cotización.
-Por contingencias profesionales, un 1,3% de la base de cotización.
-Por cese de actividad, un 0,9% de la base de cotización.
-Por formación profesional, un 0,1% de la base de cotización.
Con la suma de estas cotizaciones la cuota de autónomos en 2023 es del 30,6% de la base de cotización. Basándonos en los tramos de ingresos anteriores, las cuotas de los autónomos estarán entre los y 230 y los 500 euros mensuales.